acta de asamblea ordinaria nº 8

16 nov. 2013 - El Administrador, señor Arturo Ortega Rodríguez, informa que habiéndose ... El Administrador Sr. Arturo Ortega, señala que en el Acta de la ...
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Argomedo 320 - Santiago Centro SANTIAGO

RUT: 53.314.817-4

ACTA DE ASAMBLEA ORDINARIA Nº 8 En Santiago de Chile a 16 de Noviembre de 2013, en la Salón ubicado al lado de la salida al jardín y la piscina de la Comunidad Argomedo 320 ubicada en Argomedo 320, comuna de Santiago Centro, siendo las 15:30 horas, y no reuniéndose el quórum necesario para sesionar, se procede a esperar treinta minutos para poder efectuar la reunión. El Administrador, señor Arturo Ortega Rodríguez, informa que habiéndose cumplido con el lapso de espera señalado y con las exigencias legales y formales para la citación y convocatoria de la presente Asamblea de fecha 11 de Septiembre de 2013, siendo las 16:00 horas, se da inicio, en segunda citación, a la Asamblea Ordinaria de Copropietarios de esta comunidad con la presencia o representación de un 6,73152% de unidades hábiles según anexo adjunto. El total de propietarios hábiles para esta Asamblea (que están al día en el pago de sus gastos comunes) corresponden a un 71,94623% del total. A los propietarios hábiles presentes se les entrega una paleta (por unidad) para hacer la participación de cada copropietario en la asamblea de forma ordenada. 1. GENERALIDADES El Administrador Sr. Arturo Ortega, señala que en el Acta de la Asamblea Ordinaria N° 7 realizada el 07 de Septiembre se señaló en los incidentes previos que la Sra. Camila Córdoba era propietaria del departamento 606 lo cual es un error porque es propietaria del departamento 806. Luego la reunión se desarrolla conforme al ordenamiento de la Tabla siguiente según citación efectuada el 11 de Noviembre de 2013: • •

Reglamento Interno (Mantención o modificación del mismo) Varios

2. REGLAMENTO INTERNO El Administrador Don Arturo Ortega explica que el Reglamento Interno que se publicó en el website exclusivo del Condominio Plaza del Agua y que se dejó en Consejería dos ejemplares impresos con fecha 02 de Septiembre del 2013, es producto de un trabajo de estudio y análisis realizado por el Comité de Administración durante varias semanas que tomó en cuenta el primer Reglamento Interno elaborado por la primera Administración del Condominio y un modelo de Reglamento Interno previamente desarrollado para otros edificios o condominios por el Sr. Administrador. Menciona además que es producto de que el Art. 21 de la Ley 19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria, señala: “…El Comité de Administración podrá también dictar normas que faciliten el buen orden y administración del condominio, como asimismo, imponer las multas que estuvieren contempladas en el Reglamento de Copropiedad, a quienes infrinjan las obligaciones de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria y del propio Reglamento de Copropiedad…” Por lo extenso del nuevo Reglamento Interno se propone recorrer sólo los títulos de cada uno de los distintos capítulos en que está dividido, de modo de profundizar en aquellos puntos que algún copropietario quisiera que se aclarara o modificara. A continuación se detallan las modificaciones acordadas por consenso: 1.6 c) Por razones de seguridad, el tránsito de bicicletas debe hacerse única y exclusivamente por el hall del edificio. De esta forma, queda estrictamente prohibida la entrada o salida de bicicletas por el portón de acceso vehicular.

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1.8 b) Queda prohibido a los residentes de la comunidad realizar venta puerta a puerta, así como tampoco repartir volantes comerciales bajo la puerta de los departamentos. 4.2. Sólo se podrá usar el color blanco o beige muy claro en la cara exterior de las cortinas, velos, visillos, persianas venecianas o cualquier otro elemento que se use para cubrir todas las ventanas por el interior de los departamentos. 5.19. En caso que un residente autorice que su vista use su estacionamiento privado, debe informar a conserjería y dejar registrado los datos de la visita y del automóvil con la debida anticipación. 8.3. Queda prohibido permanecer y hacer escándalos bajo los efectos del alcohol o drogas en los espacios comunes, así como consumir estos en los lugares señalados en los espacios comunes. En caso de encontrarse droga en cualquier lugar del edificio se deberá llamar a la policía con el objeto de requisarla y seguir las acciones pertinentes. 11.2 b) La Temporada de uso de la piscina se será de Noviembre a Marzo. 11.4 a) La Sala Multiuso no podrá ser utilizada para velatorios ni para fiestas bailables con características de discoteca. 11.4 b) Tiene una capacidad máxima de 60 personas. No se permite el consumo de drogas, ni el uso de parrillas de cualquier tipo. Se permite el consumo de alcohol en forma moderada. 11.4 c) Para el caso de eventos que se realicen en la Sala Multiuso con asistencia de invitados no residentes, como cumpleaños, manifestaciones, etc., es obligatorio que el residente entregue en Conserjería con 24 horas de anticipación, un listado con el nombre de sus invitados. Los invitados en ningún caso podrán hacer uso de otras áreas comunes, ya que son recintos de uso exclusivo de los residentes. 14.1 Los desechos y desperdicios de cada departamento deberán ser puesto en bolsas plásticas, debidamente amarradas, antes de arrojarlas por el ducto de basura. Los palos de escobas, plumeros, botellas de vidrio y plásticas, cajas de todo tipo, cartones y en general cualquier elemento peligroso o que pueda quedar atascado en el ducto de basura, deberán ser dejados en el piso al lado del ducto de basura, los cuales serán retirados por el personal. Los elementos antes mencionados, deberán ser reciclados por el personal de aseo y separados en distintos contenedores para esos efectos. La puerta del shaft de basura debe quedar cerrada y la luz de este apagada. 15.3 Se permite el acceso a visitas con mascotas, quienes deberán cumplir estrictamente con lo señalado en el punto anterior. Para ello es obligatorio que al momento del ingreso, tanto la visita como su mascota queden registradas en conserjería. Con relación a permitir o no que por un aspecto sanitario las mascotas utilicen o no el jardín junto a la piscina, se acordó por 13 votos a favor y 6 en contra que no pueden ocupar el jardín quedando el texto sin modificaciones, es decir: 15.2 Los dueños de las mascotas velarán que sus animales se comporten adecuadamente. No podrán circular, ensuciar con deposiciones o jugar en pasillos, hall, jardines u otras áreas comunes, ni emitir ruidos molestos. Será motivo de multa, sin notificación, el que una mascota ensucie las áreas comunes, emita ruidos molestos o se sorprenda transitando libremente por las áreas comunes.

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Se faculta a la administración o cualquier miembro titular del Comité de Administración para reducir a Escritura Pública el presente documento. Siendo las 18:00 horas y no habiendo más temas que tratar, se levanta la sesión. Para constancia firman los miembros asistentes del Comité de Administración

Nombre y Rut

Ana Figueroa – 9.850.718-3

Maximiliano Vai – 23.644.595-K

Felipe Henríquez – 15.399.587-7

Nelson Leonicio – 15.782.855-K

Denisse Contreras – 15.690.955-6

Firma