631-2014h 1145A - Minsa

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MINISTERIO DE SALUD

631-2014h 1145A

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Visto: el Informe N° 365-2012-OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se expidió la Resolución Ministerial N° 946-2011/MINS/N, de fecha 28 de diciembre de 2011 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2012 del Pliego 011 Ministerio de Salud;

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PR1,51

Que, el artículo 38° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Que, el numeral 40.1 del artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal; Que, el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa; Que, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, mediante Memorándum N° 1335-2012-OGGRH-OARH/MINSA, solicita la transferencias de fondos de la unidad ejecutora 001 Administración Central con destino a las unidades ejecutoras del Pliego 011 Ministerio de Salud, para el pago de sentencias judiciales del Decreto de Urgencia 037-94 por la suma de S/. 3 898 561,00;

Que, el inciso i), literal a) del numeral 20.1 del artículo 20°, Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, de la Directiva N° 005-2010EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, dispone que el Titular del Pliego debe emitir una resolución autoritativa, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, de acuerdo al Modelo N° 05/GN, que forma parte de la citada Directiva; Que, mediante Resolución Ministerial N° 028-2012/MINSA de fecha 11 de enero de 2012, se delega en la Secretaría General del Ministerio de Salud, durante el Ejercicio Presupuestario 2012, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que correspondan al Titular del Pliego 011, Ministerio de Salud; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe del Visto, es necesario transferir recursos presupuestarios, mediante modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático entre unidades ejecutoras del Pliego 011 Ministerio de Salud, para el pago por sentencias judiciales del Decreto de Urgencia 037-94; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 365-2012-OGPP-OP/MINSA, y con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y lo dispuesto en la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2012, entre unidades ejecutoras, de acuerdo a los Anexos 1 y 2 "Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático entre unidades ejecutoras" que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud instruirá a las unidades ejecutoras, respecto a las Habilitaciones o Anulaciones a efectuar dentro de cada una de ellas a fin que elaboren las correspondientes "No Modificación Presupuestaria". Artículo 3°.- Remitir copia de I esente Resolución, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a la Dirección General el Presupuesto Púb .co. Regí trese y comuni•ese

D. Suárez DANILO P DRO CESPEDES MEDRANO Secretario General

ANEXO 1 MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMATICO ENTRE UNIDADES EJECUTORAS (EN NUEVOS SOLES) SALUD

SECTOR

:11

PLIEGO

: 011

MINISTERIO DE SALUD

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

:1

RECURSOS ORDINARIOS

GENERICA DE GASTO

: 2.5

OTROS GASTOS (En Nuevos Soles)

UNIDAD EJECUTORA / CATEGORIA PRESUPUESTAL

- 9001 • 5.000003

001 ADMINISTRACION CENTRAL

t3 Nt L 4,4 73

PREIV

2,741,206

900 > 5.001210 1,157,355

TOTAL'

3,898,561

ANEXO 2 MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMATICO ENTRE IFINDADES EJECUTORAS

SECTOR

:11

SALUD

PLIEGO

: 011

MINISTERIO DE SALUD

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

:1

RECURSOS ORDINARIOS

GENERICA DE GASTO

:5

OTROS GASTOS (EN NUEVOS SOLES)

" t...,•

_

9001 . 5.000003 -

1 UNIDAD EJECUTORA / CATEGORIA PRESUPUESTAL aj ---.-, .:.1C;;. -_-- --- - -I.005. INSTITUTO NACIONAL DE SALUD MENTAL 007. INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS NEUROLOGICAS

------- - - 5.001210

IMPORTE - "' -, -_.-r

-

100,826

27,284

128,110

0

11,550

11,550

1,473,148

129,695

1,602,843

0

8,953

8,953

10.

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO

11.

INSTITUTO NACIONAL MATERNO PERINATAL

15.

DIRECCION DE SALUD IV LIMA ESTE

46,652

17,753

64,406

16.

HOSPITAL NACIONAL HIPOLITO UNANUE

97,049

42,922

139,971

21.

HOSPITAL CAYETANO HEREDIA

0

62,273

62,273

22.

DIRECCION DE SALUD II LIMA SUR

69,869

203,189

273,058

25.

HOSPITAL DE APOYO DEPARTAMENTAL MARIA AUXILIADORA

220,884

132,762

353,646

26.

DIRECCION DE SALUD V LIMA CIUDAD

32,870

45,709

78,579

27.

HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA

103 840

70,457

174,297

28.

HOSPITAL NACIONAL DOS DE MAYO

3,884

86,973

90,857

29.

HOSPITAL DE APOYO SANTA ROSA

14,757

75,550

90,307

30.

HOSPITAL DE EMERGENCIAS CASIMIRO ULLOA

37,440

9,114

46,554

31.

HOSPITAL DE EMERGENCIAS PEDIATRICAS

38,443

6,506

44,949

32.

HOSPITAL NACIONAL VICTOR LARCO HERRERA

127,367

166,503

293,870

33.

HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO - SAN BARTOLOME

62,853

4,925

67,778

9,668

13 894

23,563

4,299

18,855

23,154

26,527

5,335

31,852

8.138

9,442

17,580

192,552

0

192,552

036. HOSPITAL CARLOS LANFRANCO LA HOZ 43.

RED DE SALUD SAN JUAN DE LURIGANCHO

44.

RED DE SALUD RIMAC - SAN MARTIN DE PORRES - LOS OLIVOS

45.

RED DE SALUD TUPAC AMARU

46.

RED DE SERVICIOS DE SALUD " BARRANCO - CHORRILLOS - SURCO "

47.

RED DE SERVICIOS DE SALUD" SAN JUAN DE MIRAFLORES - VILLA MARIA DEL TRIUNFO"

32,792

2,664

35,456

48.

RED DE SERVICIOS DE SALUD" VILLA EL SALVADOR- LURIN - PACHACAMAC- PUCUSANA

37,347

0

37,347

0 , 2,741,266

5,047

5,047

053. RED DE SALUD LIMA CIUDAD TOTAL PLIEGO 2 -

D. CEbPülJES119.

_

1,157,355

3,098,561