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MINISTERIO DE SALUD

Visto, ellnforme W 413-2015-ERP-ByP, de fecha 11 de marzo de 2015, contenido en el Expediente W 15020388-001, sobre subsidio por gastos de sepelio, solicitado por dona IRMA SARA INFANTES MANDUJANO DE GOMEZ; CONSIDERANDO: Que, con escrito de fecha 02 de marzo del 2015, dona IRMA SARA INFANTES MANDUJANO DE GOMEZ, identificada con D.N.I. W 08780793, solicita se Ie conceda el subsidio por gastos de sepelio, ocasionado por el deceso de don RAUL ENRIQUE INFANTES MANDUJANO, presentando para tal efecto copia fedateada del Acta de Defunci6n N° 07109921, expedido por el Registro Nacional de Identificaci6n y Estado Civil- RENIEC, San Borja, que obra a fojas 18, donde se senala como fecha de fallecimiento el dia 01 de febrero del 2015; Que, mediante Boleta de Venta N° 001123, emitido por el Fondo del Servicio Funerario de los Trabajadores y Familiares del Ministerio de Salud, "FONSERFUTS", que obra a fojas 17, se acredita que dona IRMA SARA INFANTES MANDUJANO DE GOMEZ, sufrag6 los respectivos gastos de sepelio; Que, de acuerdo al Informe Situacional Actual N° 745-2015-SERL-EIE-OARH-OGGRH, expedido con fecha 06 de marzo del 2015, por el Equipo de Ingreso y Escalaf6n, que obra a fojas 01, el causante don RAUL ENRIQUE INFANTES MANDUJANO fue pensionista de la Sede Central del Ministerio de Salud, con el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4; 0

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Que, el inciso j) del articulo 142 del Reglamento del Decreto Legislativo W 276, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM, dispone el otorgamiento de subsidio por gastos de sepelio, y el articulo 145 dispone el otorgamiento de dos remuneraciones totales por gastos de sepelio, a quien haya efectuado los mismos; 0

Que, no obstante de la lectura del precitado articulo, se colige que este solo se aplica a los servidores activos de la Administraci6n Publica, de tal manera que el articulo 149° del mismo dispositiv~ legal, ha extendido los alcances de dicho subsidios a los cesantes, al senalar que "Los funcionarios, servidores contratados y personal cesante de la entidad tendran acceso a los programas de bienestar y/o incentivos en aspectos que correspondan"; Que, mediante Resoluci6n de Sala Plena W 001-2011-SERVIRITSC, publicada el 18 de junio del 2011, en el Diario Oficial "EI Peruano", el Tribunal del Servicio Civil acord6 establecer, como precedente administrativo de observancia obligatoria, la aplicaci6n de la Remuneraci6n Total, para el calculo de beneficios, bonificaciones, subsidios y asignaciones por servicios al Estado; Que, a traves dellnforme Legal W 524-2012-SERVIR/GPGSC, expedido con fecha 21 de diciembre del 2012, por la Gerencia de Politicas de Gesti6n del Servicio Civil, se precisa la estructura del sistema de pago y base de calculo de derechos, del regimen de carrera administrativa regulado por el Decreto Legislativo W 276; Que, mediante Informe Tecnico W 356-2014-SERVIR/GPGSC de fecha 06 de junio del 2014, emitido por la Gerencia de Politicas de Gesti6n del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ente rector del

Sistema Administrativo de Gesti6n de Recursos Humanos, senala 10 siguiente: Los precedentes administrativos establecidos por el Tribunal del Servicio Civil en la Resoluci6n de Sala Plena W 001-2011SERVIRfTSC son exigibles a todas las entidades publicas comprendidas en el ambito del Sistema Administrativo de Gesti6n de Recursos Humanos a partir del 18 de junio del 2011, debiendo las entidades tener en cuenta los criterios senalados en ellnforme Legal W 524-2012-SERVIRfGPGSC, mediante el cual se complement6 10 indicado en el precedente vinculante del Tribunal, estableciendo los conceptos que integran la remuneraci6n total; Que de acuerdo a 10 expuesto, en el Informe del Visto, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, la remuneraci6n total del mencionado ex-pensionista asciende a Sf. 279.89 Nuevos Soles, por 10 que corresponde reconocer a favor de dona IRMA SARA INFANTES MANDUJANO DE GOMEZ, el equivalente a dos (02) remuneraciones totales mensuales, ascendente a Sf. 559.78 Nuevos Soles, por concepto de subsidio por gastos de sepelio; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones General de Gesti6n de Recursos Humanos; y,

y Pensiones y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina

De conformidad con 10 establecido en el Decreto Legislativo W 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 00590-PCM; SE RESUElVE: ARTicULO 1°._ RECONOCER a favor de doria IRMA SARA INFANTES MANDUJANO DE GOMEZ, la suma de QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 78/100 NUEVOS SOLES (S/. 559.78), por concepto de subsidio por gastos de sepelio de don RAUL ENRIQUE INFANTES MANDUJANO, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resoluci6n. ARTicULO 2".- EI egreso que demande el cumplimiento de la presente resoluci6n, estara supeditado a la disponibilidad existente en la Especffica de Gasto: 2.2.2343 de la Meta: 0133, de la Unidad Ejecutora 001, Pliego 11 - Ministerio de Salud. ARTicULO 3°._ La Oficina General de Administraci6n dar cumplimiento a la presente resoluci6n.

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a traves de la Oficina de Economfa, es la encargada de

ARTicULO 4°._ NOTIFICAR la presente resoluci6n en el domicilio de la beneficiaria, sito Av. Don Diego de Dfa N° 492, Dpto. 402, distrito de Santiago de Surco.

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5°._ Encargar al Archivo Central, la incorporaci6n de la presente resoluci6n en el legajo personal de don RAUL ENRIQUE INFANTES MANDUJANO. Registrese y Comuniquese,

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