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Visto, el expediente N` 15-064642-001 que contiene la comunicación cursada por la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud OPSIOMS; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, se llevará a cabo "ler Taller Internacional sobre Accidentes de Consumo", del 05 al 07 de agosto el de 2015;

A. Veiásquez

5. RU2 Z.

Que, mediante comunicación NMH/01/0679-2015, de fecha 01 de julio de 2015, el representante en Perú de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud - OPS/OMS, invita a un representante del Ministerio de Salud a participar en el mencionado evento, señalando que la Organización Panamericana de la Salud financiará los gastos del viaje y estadía correspondientes; Que, el citado evento tiene como objetivos trazar alternativas para recolectar información sobre accidentes de consumo en forma sistemática desde las instituciones de salud y conocer la situación y la magnitud de los daños a la salud de los consumidores por causa de productos peligrosos o inseguros, así como solidificar el Intercambio, la comunicación y la interacción entre los sectores de consumo y salud para la formulación de políticas y la toma de decisiones sobre planes y actividades conjuntas, en materia de seguridad de los productos disponibles en el mercado y en pro de proteger la salud de los consumidores; Que, en tal sentido, atendiendo a la temática y objetivos del evento en mención, se ha considerado pertinente la participación en el mismo del abogado Darwin Emilio Hidalgo Salas, consultor del Despacho Ministerial, resultando de interés institucional autorizar su viaje; Que, mediante Informe N° 240-2015-EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, señala que la participación del citado profesional se enmarca dentro de las normas que regulan la materia y no ocasionará gastos al Estado;

Que, el artículo 11 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a asambleas, conferencias, seminarios, cursos de capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, qué aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del abogado Darwin Emilio Hidalgo Salas, consultor del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 04 al 08 de agosto de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el citado profesional, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en los eventos al que acudirá. Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese.

s. RUIZ Z.

ANIBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA MINISTRO DE SALUD