24 ,4 DcGaaa tu 2012 - Minsa

trabajo, revalorar los recursos humanos con lo que cuenta el Sector Salud y propiciar un clima laboral saludable, a fin de que estos eleven su productividad en ...
41KB Größe 1 Downloads 1 vistas
N o ..5 MINISTERIO DE SALUD (CY

52- 201 21h ; NSA

zy.ICA DEL p Foc

J. DEL CARMEN

rrza

24

,4 DcGaaa

tu 2012

CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entumo saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona humana; Que, una de las prioridades del Ministerio de Salud, es crear mejores condiciones de trabajo, revalorar los recursos humanos con lo que cuenta el Sector Salud y propiciar un clima laboral saludable, a fin de que estos eleven su productividad en beneficio de los usuarios de los servicios de salud; Que, el literal c) del numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala como una de las funciones de los ministerios, el planificar, financiar y garantizar la provisión y prestación de los servicios públicos, según las normas de la materia;

D. uárez

Que, el Ministerio de Salud viene impulsando la Reforma de la Carrera Sanitaria en el Perú, para lo cual suscribió un Acta de Acuerdos con representantes Federación de Obstetras del Ministerio de Salud del Perú, Sindicato de Químico Farmacéuticos del MINSA y Asociación Nacional de Odontólogos del Ministerio de Salud, en el cual se ha considerado entre otros puntos, la elaboración de una propuesta que sirva de insumo para b formulación de la nueva política . integral de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales de la salud y personal asistencial del sector salud, componente que esta comprendido en la Carrera Sanitaria del Perú; Que, el artículo 4° de la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; siendo sus objetivos alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía, con canales efectivos de participación ciudadana, descentralización y desconcentración, transparencia en la gestión, con servidores públicos calificados y adecuadamente remunerados, así como un sistema fiscalmente equilibrado;

M. De Habich

Que, en dicho contexto el Poder Ejecutivo conformará la Comisión Multisectorial encargada de revisar y proponer la política integral de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales de la salud y personal asistencial del sector salud, integrada por representantes de la Autoridad Nacional de Servicio Civil, el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Salud; Que, en ese sentido es necesario conformar una Comisión de Trabajo que se encargue de elaborar una propuesta que sirva de insumo para la formulación de M nueva política integral de remuneraciones de los Otros Profesionales de la Salud del sector salud; a fin de ordenar el accionar y el trabajo de dichos servidores públicos, el cual debe recoger el interés de los diferentes adores y debe ser abordada desde la perspectiva de los derechos del trabajador, las necesidades del usuario de los servicios de salud y los requerimientos institucionales; Con el visado del Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Conformar la Comisión de Trabajo que se encargará de elaborar una propuesta de la nueva política integral de remuneraciones de los Otros Profesionales de la Salud del sector salud, la misma que estará integrada por: M. (ARREA S

• Un representante de la alta Dirección del Ministerio de Salud, quien la presidirá. • Un representante titular y un alterno de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos. • Un representante titular y un alterno de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos. • Un representante titular y un alterno de la Federación de Obstetras del Ministerio de Salud del Perú. • Un representante titular y un alterno del Sindicato de Químicos Farmacéuticos del Ministerio de Salud. • Un representante titular y un alterno de la Asociación de Nacional de Odontólogos del Ministerio de Salud. La mencionada propuesta servirá de insumo ala Comisión Multisectorial encargada de revisar y proponer la política integral de remuneraciones de los servidores médicos, profesionales de la salud y personal asistencial del sector salud. Artículo 2°.- Disponer que la designación de los representantes titulares y alternos se efectuará al dia siguiente de notificada la presente Resolución Ministerial, a través de una comunicación escrita dirigida a la Presidencia de la Comisión de Trabajo. Artículo 3°.- La instalación de la Comisión de Trabajo se realizará dentro de los dos (2) días hábiles de publicada la presente Resolución Ministerial. Asimismo, contará con un plazo de sesenta (60) días contados a partir de su instalación para presentar su Informe Final sustentado al Despacho Ministerial. Artículo 40.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en el Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese

ab MIDORI DElzaáThH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud

1100

os

3/4

tp

.afr

11..

o