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CONSIDERANDO:

Que, La Ley No 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, en adelante la Ley, establece el ámbito de competencia del MVCS, en las siguientes materias: 1. Vivienda, 2. Construcción, 3. Saneamiento, 4. Urbanismo y desanollo urbano, 5. Bienes esfafa/es y 6. Propiedad urbana;

Que, el literalg) del artículo 4 de la Ley, citada en el considerando precedente, establece como función general del MVCS, la de "Promover, desarrollar, contribuir y normar los procesos de construcción progresiva de viviendas en el ámbito urbano y rural, de manera coordinada, articulada y cooperante con los gobiernos regionales y locales" y el párrafo 2 del artículo 10 de la Ley, establece que es función compartida del MVCS, "Normar, aprobar, ejecutar y superuisar las políticas nacionales sobre ordenamiento y desanollo urbanístico, habilitación urbana y edificaciones, uso y ocupación del suelo urbano y urbanizable, en el ámbito de su competencia, en concordancia con /as /eyes orgánicas de gobiernos regionales y de municipalidades";

Que, con Decreto Supremo N' 003-2012-VIVIENDA, se crea el Programa Generación de Suelo Urbano, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el propósito de atender la demanda de suelo urbano con fines de vivienda social y servicios complementarios de infraestructura y de equipamiento mediante la promoción de acciones de recuperación y/o transformación urbana y desarrollo de proyectos de producción de nuevo suelo urbano; Que, asimismo el Decreto Supremo citado en el considerando precedente establece en su artículo 2 que el Programa Generación de Suelo Urbano tiene como objetivo "2.1 Urbanizar tenenos de propiedad del Estado con aptitud urbana, para el desarrollo proyecfos de vivienda socia/ y sus servicios co mplementarios"; Que, con Carta s/n recepcionada por el MVCS el27 de setiembre de 2017, el señor Miguel Eugenio Romero Sotelo señala que con la finalidad de brindar apoyo al Sector hace entrega del "Proyecto lntegral y el Proyecto de Habilitación Urbana con Construcción Simultánea Tipo 5" y adjunta la documentación técnica correspondiente;

Que, mediante lnforme N" 068-2017-VIV¡ENDA /MVU/PGSU el Programa Generación de Suelo Urbano indica que el "Proyecto lntegral y el Proyecto de Habilítación Urbana con Construcción Simultánea Tipo 5" se enmarca dentro del

alcance de las acciones que viene realizando el Sector en el marco del Plan lntegral de Reconstrucción con Cambios, asimismo remite el lnforme Técnico - Legal N" 0102017-VIVIENDA /MVU/PGSU/vacg, mediante el cual se precisa que han verificado que elterreno de 25.2818 hectáreas sobre el que se plantea el proyecto de habilitación urbana, está compuesto por las Unidades Catastrales N"s. 18277,18278, 18279 y 18280 del distrito de Veintiséis de Octubre, provincia y departamento de Piura, los mismos que corren inscritos en las Partidas Electrónicas N"s. 11065940, 11065939, 11065938 y 11065937; Que, a su vez se indica, en el referido Informe, que el "Proyecto lntegral y el Proyecto de Habilitación Urbana con Construcción Simultánea Tipo 5" presentado por el señor Miguel Eugenio Romero Sotelo, constituye un insumo indispensable para la realización del Proyecto de Vivienda de lnterés Social denominado "Una Sola Fuerza" en el distrito de Veintiséis de Octubre en la provincia y departamento de Piura, que beneficiará en su primera etapa de ejecución a doscientas cincuenta y nueve (259) familias;

Que, en tal sentido corresponde emitir el acto resolutivo por el cual se reconozca y agradezca el importante aporte efectuado por el señor Miguel Eugenio Romero Sotelo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley No 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización Funciones, aprobado por Decreto Supremo No 010-2014VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N" 006-201S-VIVIENDA;

y

SE RESUELVE:

Artículo Único.- RECONOCER y AGRADEGER al señor MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO por el importante aporte efectuado al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que constituye un insumo indispensable para la realización del Proyecto de Vivienda de lnterés Social denominado "Una Sola Fuerza'en el distrito de Veintiséis de Octubre en la provincia y departamento de Piura. Regístrese y comuníquese

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