2015 - Minsa

descrita corno: RELACiÓN DE SERVIDORES QUE NO TIENEN SENTENCIA JUDICIAL - D. U. N". 037-94, a quien por dicho concepto se le calcula la suma de ...
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MINISTERIO DE SALUD

Visto el Informe W 1765-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 13 de noviembre del 2015, contenido en el Expediente N° 15-101866-001 emitido por el Equ ipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO: Que, Resolución Di rectoral W 1551-2012-0GGR H/SA, de fecha 09 de noviembre del 2012 , se reconoció a favor de los servidores de la Administración Central del Ministerio de Salud que no contaban con sentencia judicial, los devengados generados como consecuencia del reconocimiento de la Bonificación Especia l dispuesta por el articulo 2° del Decreto de Urgencia W 037-94, de conformidad con lo señalado en la Ley W 29702 , entre los Gua les se encuentra don ALBERTO CASILDO ALMEYDA GUTIERREZ, consignado con el número 20 de la relación descrita corno: RELACiÓN DE SERVIDORES QUE NO TI ENEN SENTENCIA JUDICIAL - D. U. N" 037-94 , a quien por dicho concepto se le calcula la suma de Veinti nueve Mil Trescientos Noventa y Dos con 83/100 Nuevos Soles (SI. 29,392.83); Que, en ese sentido, durante el mes de diciembre del 2012 , abri l y diciembre del 2013 , y diciembre del 2014, se efectúo a favor de don ALBERTO CASILDO ALMEYDA GUTIERREZ, cinco (05) depósitos parciales con cargo a la deuda principal, habiéndose cancelado la totalidad de los devengados reconocidos en la Resolución antes mencionada , como a continuación se detalla: MONTO PAGADO

MONTO RECONOCIDO OEVENGADOS

DICIEMBRE

29,392.83

3,910.60

2012

I DICIEMBRE I 934.83

2014

2013 ABRil

DICIEMBRE

DlClEM8RE

846.34

23,406.12

294.94

TOTAL AMORTIZADO 29,392 .83

1~!~ Que, mediante Resolución Número Veintidós (Expediente N" 17599-2007-0-1801-JR-CA·03), de A

fecha 01 de octubre del 2015 , el 3° Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, requiere que se cumpla lo ordenado mediante la sentencia de vista contenida en la Resolución Número Tres emitida por la 2 Sala Contencioso Administrativa Transitoria que ordena que el Ministerio de Salud emita resolución administrativa, reconociendo a favor de don ALBE RTO CASILDO ALMEYOA GUTIERREZ, los devengados e intereses legales •••~,,"o-'o~'~-ovenientes de la bonificación especial dispuesta por el articulo 2° del Decreto de Urgencia N" ~ . 9.~.... ·94, con deducción de lo pagado por el Decreto Supremo N" 019-94-PCM ; CH.

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\·$~G... ~· ~~~.j)e,

según Informe Situacional Actual N" 3293-2015-SERL-E IE-OARH-OGGRH , don ALBERTO ", ' 1!"'""ASILDO ALM EYOA GUTIERREZ, figura como servidor de la Dirección General de JILL4te".aeslructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, en el cargo de Técnico en Ingeniería 1, Nivel STA;

Que, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, en estricto cumplimiento de la obligación legal impuesta por el articulo 4" del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgtmica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS, que dispone: "toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil , penal o administrativa que la Ley señala"; ha procedido a practicar una nueva liquidación de los devengados correspondientes a la bon ificación especial otorgada por el articulo 2" del Decreto de Urgencia W 037-94 a favor de don ALBERTO CASILDO ALMEYDA GUTI ERREZ, y en virtud de ello se ha determ inado con el Informe de Visto y la liquidación W 3092015-ERP/MIN SA, de fecha 12 de noviembre del 2015, emitida por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, reconocer la suma de TREINTA Y UNO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS CON 83/100 NUEVOS SOLES (SI. 31,372.83), por concepto de devengados de la bonificación especial establecida en el Decreto de Urgencia W 037-94 , por el período comprendido desde el 01 de julio de 1994 al 31 de diciembre del 2010; yen lo que concierne a los intereses legales laborales , la suma de DIEZ MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 88/100 NUEVOS SOLES (Si. 10,636.88); Que, ante el precitado reconocimiento de la deuda por concepto de devengados de la bonificación especial otorgada por el artículo 2° del Decreto de Urgencia W 037-94 , resulta necesario tener en cuenta los pagos realizados teniendo como sustento lo ordenado por la Resolución Directoral W 1551-2012-0GGRH/SA, detallados en el segundo considerando de la presente resolución , que ascienden a SI. 29,392.83 Nuevos Soles, quedando un saldo pendiente de SI. 1,980.00 Nuevos Soles por concepto de devengados; Que, en este contexto, resulta conveniente expedir el acto resolutivo mediante el cual se cumple el mandato jud icial expedido por el 3° Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de lima; Que, a razón de las obligaciones derivadas de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada, mediante Resolución Ministerial W 210-2014/MINSA de fecha 11 de marzo del 2014 , se conformó el Comité para la elaboración y aprobación del listado priorizado para la atención del pago de sentencias judiciales a efectos de reducir costos al Estado, en aplicación a lo dispuesto por el articulo 5° del Reglamento de la ley N" 30137, aprobado por Decreto Supremo W 001 -2014-JUS; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones, y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, y; De conformidad con lo previsto en el articulo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N" 017-93-JUS, y el artículo 5° del Reglamento de la Ley N" 30137, aprobado por Decreto Supremo N" 001-2014-JUS;

)

Articu lo 1°._ RECONOCER a favor de don ALBE RTO CASILDO ALMEYDA GUTIERREZ, la nueva suma de TREINTA Y UNO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS CON 83/100 NUEVOS c . SOLES (SI. 31,372.83) , por devengados de la bonificación especial dispuesta por el articu lo 2° del Decreto de Urgencia N" 037-94, y por concepto de intereses legales laborales, del período comprendido desde el 01 de julio de 1994 hasta el31 de diciembre del 2010, la suma de DIEZ MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 88/100 NUEVOS SOLES (SI. 10,636 .88): deduciéndose lo abonado en cumplimiento a lo reconocido en la Resolución Directoral N° 1551-2012-0GGRH/SA, quedando un saldo pendienle de UN MIL NOVECIENTOS OC HENTA CON 00/1 00NUEVOS SOLES (SI . 1,980.00) por devengados, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, de acuerdo al siguiente detalle: H

P

N· Expedie nte Judicial

Devengados del D.U. N· 037·94

Mo nto Pagado de acuerdo a la R.O. N· t 551. 2012-0GGRHJSA

Saldo Pendiente por Devengados

Intereses legales laborales

17599·2007·0_180 1_JR_CA_03

31,372.83

29,392 .83

1,980.00

10,636.88

MINISTERIO DE SALUD

A rtículo 2°._ El saldo pendiente de devengados y los intereses legales reconocidos en el artículo precedente de la presente resolución , se abonarán con cargo a la Específica de Gasto 25.51.11 , Mela: 0064, y de acuerdo a la disponibilidad presupuesta! de la Unidad Ejecutora 001 , Pliego 11 , Min isterio de Salud . Artíc ulo 3°._ Remitir copia de la presente resolución al Director General de la Oficina General de Administración, quien preside el Comité encargado del lisiado de priorización de obligaciones de sentencias con calidad de cosa juzgada. A rtículo 4°.- Remitir copia de la presente resolució n al Procurador Público del Ministerio de Salud, para su conocimiento y presentación ante el 3° Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, para su aprobación.

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