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Visto,

el expediente N° 15-085064-001, que contiene el formato de autorización de viaje al exterior, emitido por la Secretaria General del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, se llevará a cabo la "Reunión de Expertos de la Federación Latinoamericana de Hospitales Organización Iberoamericana de Prestadores de Servicios de Salud (FLH-OIPSS)" a realizarse el 15 de setiembre de 2015 y el Congreso Internacional: Salud, Política de Estado", a realizarse el 16 de setiembre"XXI de 2015; Que, mediante comunicación de fecha 30 de julio de 2015, el Presidente de la Federación Latinoamericana de Hospitales, invita al médico cirujano Luis Ricardo Robles Guerrero, Asesor I de la Secretaría General, a participar, en representación del Ministerio de Salud, en los mencionados eventos, señalando que la Organización Iberoamericana de Prestadores de Servicios de Salud financiará los gastos de hospedaje y el participante cubrirá los gastos de pasajes correspondientes; Que, el citado funcionario participará en calidad de expositor en el evento denominado "Reunión de Expertos de la Federación Latinoamericana de Hospitales — Organización Iberoamericana de Prestadores de Servicios de Salud", con la ponencia sobre Gestores y las Políticas en Salud; permitiendo dar a conocer los avances y experiencias nacionales en la prestación de servicios de salud, y asimismo intercambiar conocimientos y experiencias con representantes de otros países participantes en los eventos mencionados, y procurar promover una relación de cooperación e intercambio de información con los mismos;

JRUJILLO B.

Que, con el documento de visto, la Secretaria General solicita se autorice el viaje del médico cirujano Luis Ricardo Robles Guerrero, Asesor I de la Secretaría General, para que, en representación del Ministerio de Salud, participe en los eventos antes mencionados; Que, mediante Informe N° 301-2015-EGCODRH-OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos señala que la participación del citado funcionario se enmarca dentro de las normas que regulan la materia, no ocasionará gastos al Ministerio de Salud y cuenta con la autorización de la Alta Dirección;

Que, el artículo 11 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gasto al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y los objetivos de los eventos antes señalados resulta de interés institucional autorizar el viaje del citado funcionario; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General; y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Luis Ricardo Robles Guerrero, Artículo 1.- Autorizar el viaje del médico cirujano de la Secretaría General, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del Asesor 1 14 al 17 de setiembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Disponer que el mencionado funcionario, dentro de los quince (15) Artículo 2.días calendario posteriores a su retorno, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en los eventos a los que acudirá. El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no irrogará gasto Artículo 3.al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese.

ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA MINISTRO DE SALUD

J. TRU O B