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MINISTERIO DE SALUD

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Visto el Expediente N° 12-123436-006, promovido la Oficina General de Cooperación Internacional. CONSIDERANDO: Que, el literal d) del artículo 3° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece como competencia del Ministerio de Salud, la articulación de recursos y actores públicos y privados, intra e intersectoriales, que puedan contribuir al logro de los objetivos de las políticas públicas de salud; RME11

Que, mediante cartas del 19 de diciembre de 2012 y 30 de enero de 2013, el Centro Global para el Desarrollo y la Democracia, informa respecto a la organización de una campaña de cirugía gratuita a pacientes en situación de pobreza con labio leporino y paladar hendido a realizarse del 16 al 22 de febrero de 2013, en el Hospital Regional de Cusco; Que, con Oficio N° 0299-2013-GR-CUSCO/DRSC-OEPD-ODCI la Dirección Regional de Salud de Cusco, otorga su conformidad a la realización de la referida campaña sanitaria;

Que, la Dirección General de Salud de las Personas mediante Memorándum N° 305-2013-DGSP/MINSA, se pronunció favorablemente para la realización de la actividad V. R. CUBA O. sanitaria; Que, con Informe N° 003-2013-FCR-OGCI-/MINSA, la Oficina General de Cooperación Internacional emite opinión favorable sobre la realización de la citada actividad sanitaria; Que, mediante Resolución del Comité Ejecutivo Nacional N° 10178-CEN-2013; el Colegio Médico del Perú, otorga Autorización Temporal para el ejercicio de la profesión médica en el territorio nacional a: TESSONE ARIEL, GRABOV NARDINI GIL, ALEJANDRO JOSE MEDINA GARCIA, STAVROU DEMETRIS, y EYAL WINKLER;

Que, habiéndose cumplido con las exigencias dispuestas en la Directiva N° 026MINSA-V.01, "Directiva para la realización de actividades sanitarias sin fines de lucro por parte de instituciones extranjeras", aprobada por Resolución Ministerial N° 1182-2003SA/DM, así como con la Directiva Administrativa N° 137-MINSA/SG-V.01 "Procedimiento para el trámite de Actos Resolutivos en el Ministerio de Salud", aprobada por Resolución Ministerial N° 468-2008/MINSA, resulta conveniente oficializar con eficacia anticipada la mencionada actividad sanitaria; Con las visaciones de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General (e) de la Oficina General de Cooperación Internacional y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y el literal e) del artículo 9° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE: ARTICULO ÚNICO.- Oficializar con eficacia anticipada la actividad sanitaria, organizada por el Centro Global para el Desarrollo y la Democracia en coordinación con el Hospital Regional de Cusco realizada del 16 al 22 de febrero de 2013. Regístrese y comuníquese

cbt-ut.51 JOS€Bt=1"CARIGIEN SARA Viceministro de Salud

ES COP A FIEL DEL ORIGINAL

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V. R. CUBA. O.